Anteriormente, las instituciones financieras tenían que reportar cada año al SAT estos depósitos. Sin embargo, como parte de la Miscelánea Fiscal 2022, se modificó el Artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con lo cual ahora es de manera mensual.
Pagos exentos de impuestos
La obligación de pago de la pensión de alimentos no está sujeta a un gravamen de Impuesto Sobre la Renta (ISR) aparte del que ya se le retuvo por su salario a la persona. Esto es, al salario bruto de una persona que labora en el sector formal se le retiene un el ISR, y una vez realizadas todas las deducciones de ley, del sueldo neto que recibe se le descuenta un porcentaje del salario que estableció el juez para la pensión alimenticia.}
Al recibir la notificación del juzgado, la empresa donde labora el deudor alimentario hace la retención de una parte del salario y la transfiere a la madre o al tutor del menor.
En el caso de las donaciones, de acuerdo con la Ley del ISR si realizas una donación, se cobra un impuesto del 20% sobre el valor del ingreso obtenido, sin embargo, existen las donaciones exentas de impuestos:
Pagos libres de impuestos
De acuerdo con la contadora Denisse Del Castillo, estos son los 4 depósitos en efectivo por lo cuales no vas a pagar impuestos.
- Depósito a un hijo que estudia lejos y le depositas su manutención
- Entre cónyuges, sin importar el monto
- Las que reciban los descendientes (hijos, nietos o bisnietos) de sus ascendientes en línea directa (padres, abuelos o bisabuelos) o en su caso la que reciban los ascendientes de sus descendientes, sin importar el monto. (Pensiones alimenticias)
- Otros donativos, siempre que el valor total de los recibidos en un año no exceda de 03 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, si se excede de este monto se paga el impuesto correspondiente (Por ejemplo, becas estudiantiles).
Fuente: La Silla Rota.